La celebración de los plenos y comisiones que tienen lugar en el Ayuntamiento de Churriana de la Vega tienen su raíz en la normativa vigente que se resume a continuación.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 38.a) y 78.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 46.2 a) de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local de 2 de Abril de 1985, se aprobó en Pleno que se celebre SESIÓN ORDINARIA cada dos meses, el tercer viernes de los meses impares, a las 10,00 horas. Si dicho viernes fuere inhábil se celebrará la sesión con el carácter de ordinaria el siguiente día hábil, excluidos los sábados, a la misma hora.
COMISIONES INFORMATIVAS PERMANENTES. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 38.b) en relación con los artículos 124 y 125 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986, esta Alcaldía aprobó en Pleno la creación y composición de las comisiones Informativas Permanentes de este Ayuntamiento.
a) CREACIÓN: